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Contaminación del Aire

La contaminación del aire es una mezcla de partículas sólidas y gases en el aire. Las emisiones de los automóviles, los compuestos químicos de las fábricas, el polvo, el polen y las esporas de moho pueden estar suspendidas como partículas. El ozono, un gas, es un componente fundamental de la contaminación del aire en las ciudades. Cuando el ozono forma la contaminación del aire también se denomina smog.

Estos son algunos lineamientos sobre la contaminación del aire:

Artículo 13. Se crea el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático como un organismo público descentralizado de la administración pública federal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía de gestión, sectorizado en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con las disposiciones de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales.

Artículo 31. La política nacional de mitigación de Cambio Climático deberá incluir, a través de los instrumentos de planeación, política y los instrumentos económicos previstos en la presente ley, un diagnóstico, planificación, medición, monitoreo, reporte, verificación y evaluación de las emisiones nacionales. Esta política deberá establecer planes, programas, acciones, instrumentos económicos, de política y regulatorios para el logro gradual de metas de reducción de emisiones específicas, por sectores y actividades tomando como referencia los escenarios de línea base y líneas de base por sector que se establezcan en los instrumentos previstos por la presente ley, y considerando los tratados internacionales suscritos por el Estado Mexicano en materia de cambio climático.

Artículo 40. El Sistema Nacional de Cambio Climático estará integrado por la Comisión, el Consejo, el INECC, los gobiernos de las Entidades Federativas, un representante de cada una de las asociaciones nacionales, de autoridades municipales legalmente reconocidas y representantes del Congreso de la Unión.

Artículo 41. El Sistema Nacional de Cambio Climático analizará y promoverá la aplicación de los instrumentos de política previstos en la presente Ley.

Artículo 42. El Sistema Nacional de Cambio Climático podrá formular a la Comisión recomendaciones para el fortalecimiento de las políticas y acciones de mitigación y adaptación.

 Artículo 43. El coordinador del Sistema Nacional de Cambio Climático deberá convocar a sus integrantes por lo menos a dos reuniones al año, y en forma extraordinaria, cuando la naturaleza de algún asunto de su competencia así lo exija.

Artículo 44. Los mecanismos de funcionamiento y operación del Sistema Nacional de Cambio Climático se establecerán en el reglamento que para tal efecto se expida.

Aunque en Yucatán la presencia de la contaminación ha estado alejada del plano local desde hace mucho años, aun surgen muchas dudas en torno al tema, sobre todo por el incremento del aumento vehicular que ha permeado en los últimos años.

Se estima que el parque vehicular en Yucatán sumó 575 mil 780 vehículos al cierre del 2012, lo que significó un aumento de 68.16 por ciento en seis años.

El incremento masivo de los vehículos, traería una gran contaminación, lo que podría llegar a provocar el deterioro de la capa de ozono, la ley general sobre el cambio climático tendría que actualizarse y poner un nuevo artículo o apartado, en donde se mencione las prevenciones que se deben tener, así como las acciones que se deben realizar.

Algunas acciones que podemos realizar para evitar la contaminación del aire son:

  • Afinar y dar mantenimiento a los automóviles

  • Evitar la quema de basura y llantas

  • Reciclar la basura

  • No arrojar basura en la calle, bosques y parques

  • Usar racionalmente los plaguicidas

  • Evitar el consumo de tabaco

  • Prende el carbón de leña con un encendedor eléctrico

  • Disminuir el uso del carro

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© 2015 por JéremySM, Andrea B. & Mariana S. Creado con Wix.com

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